La Administración fundamentó la denegación en un nuevo informe desfavorable de ENISA, afirmando de forma genérica que el proyecto ya no reunía las condiciones que justificaron la autorización inicial. Sin embargo, la resolución no identificaba qué circunstancias habían cambiado ni explicaba las razones concretas por las que el proyecto había dejado de considerarse innovador, impidiendo al interesado ejercer adecuadamente su derecho de defensa.
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Fuente:Sterna Abogados