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Desde una empresa de IHR EXPAT nos preguntan: «Sobre las comunicaciones ante la autoridad laboral (ACT) en Portugal, no sabemos si estamos realizando las gestiones necesarias y por eso os pedimos opinión/experiencia:

  • Nos crea la duda a partir de qué periodo del desplazamiento debe comunicarse
  • En caso de prórroga del desplazamiento inicial, ¿debe comunicarse su ampliación?
  • En caso de retorno anticipado, ¿debe notificarse?

Tenemos entendido que no es necesario realizar ninguna notificación ni de prórroga ni de retorno anticipado pero nos extraña muchísimo, por eso lanzamos las 3 consultas para ver cómo procedéis el resto de compañías.

Gracias por la ayuda.»
Puedes ayudarnos? Recuerda, con garantía de confidencialidad y sólo para miembros de IHR EXPAT.
  1. Equipo IHR Expat dice:
    Desde una empresa de IHR EXPAT nos indican: «La legislación portuguesa no ha establecido una duración mínima para la obligación de presentar la comunicación, por lo que en teoría debería ser cualquier prestación transnacional de servicios y siempre con carácter previo a que se inicie.
     

    Decís «Tenemos entendido que no es necesario realizar ninguna notificación ni de prórroga ni de retorno anticipado pero nos extraña muchísimo»: Así es, es la misma información que tenemos nosotros, y que de hecho tiene la ACT en su página web (versión ingles). Adjunto enlace y pantallazo, no hay obligación de informar sobre cambios posteriores sobre lo inicialmente comunicado.

    https://portal.act.gov.pt/Pages/posting-of-workers-to-portugal.aspx

     

  2. Equipo IHR Expat dice:
    Desde una empresa de IHR EXPAT nos indican: «Por lo que yo tengo entendido y según mi forma de trabajar respecto a los desplazamientos a Portugal, no existe un periodo de días exentos de comunicación. Las comunicaciones a la autoridad laboral portuguesa deben realizarse siempre que haya un trabajador extranjero desplazado realizando labores en Portugal, es decir, siempre que se vaya a trabajar, independientemente del periodo de tiempo de trabajo.


    La página de Destacamento es bastante sencilla y escueta por lo que, cuando un desplazamiento se ha alargado más de lo previsto, siempre he realizado una nueva comunicación ya que no hay forma de prorrogar. Del mismo modo que no te da la opción de comunicar un regreso de manera anticipada por lo que no lo he comunicado en ningún caso.

    ¡Espero poder ser de ayuda!«

  3. Equipo IHR Expat dice:
    Desde una empresa de IHR EXPAT nos indican: «De momento, nosotros no realizamos ninguna comunicación a la autoridad laboral, y no nos han informado desde nuestra filial local que haya ningún procedimiento.

    Sólo obtenemos el certificado A1 para mantener la seguridad social en los países de origen de las personas desplazadas al país por motivos profesionales.«

     

  4. Equipo IHR Expat dice:

    Un contacto reciente en Linkedin, desde Portugal, nos indica: «No meu cargo atual não faço comunicações à ACT, mas na antiga empresa em que trabalhei eu e era responsável por isso e sim, não precisamos comunicar em caso de extensão do assignment ou em caso de término antecipado. Assim nós fomos instruídos pela Autoridade laboral, apesar de parecer não estar em conformidade.» 

  5. Equipo IHR Expat dice:
    Desde el equipo de IHR MEETING te recomendamos consultar ADICIONALMENTE estos contenidos con información relacionada con PORTUGAL:
    • Networking – Movilidad larga duración a Portugal – enlace
    • Networking – Trabajador con residencia en Portugal contratado desde España – enlace
    • Contenido IHR Providers: Urgent Measures to Address Migration Challenges in Portugal: Sterling Lexicón – enlace
    • Contenido IHR Providers: The Expat Relocation Guide to Lisbon: Newland Chase – enlace
    • Contenido IHR Providers: Portugal: Expat Guide to Portugal: Cigna Healthcare – enlace

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