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Desde una empresa de IHR FODIRH nos preguntan: «Para quienes tengáis experiencia con Portugal en cualquiera de estos temas: Administración de Personas,  Relaciones Laborales o Prevención de Riesgos Laborales.

¿Cuáles diríais que son las claves o aspectos esenciales en (cualquiera de) esos ámbitos en Portugal?
Por supuesto, cualquier tipo de información/documentación sobre el funcionamiento de nómina, contrataciones y seguridad social en Portugal nos ayudará mucho
Muchas gracias por vuestra ayuda.»
Puedes ayudarnos? Recuerda, con garantía de confidencialidad y sólo para miembros de IHR FODIRH.
  1. Equipo IHR Fodirh dice:
    Desde una empresa de IHR FODIRH nos indican: «En cuanto a Portugal, justo estamos abriendo en Lisboa.


    Te puedo dar un par de detalles en cuanto la parte de Admin de Personal, actualmente trabajamos con la empresa YOUR para la gestión de nóminas y administración de personal, de cara a 2025 vamos a trabajar con SERESCO y la función y gestión de admin de personal estará totalmente externalizada.

    Espero que pueda ser de ayuda.«

  2. Equipo IHR Fodirh dice:
    Desde una empresa de IHR FODIRH nos indican: «Es muy genérica la pregunta.


    En Seguridad Social lo característico es que no están topadas las bases de cotización como pasa en España, es decir se cotiza por el 100% de las rentas del trabajo, tanto ganas, tanto cotizas, lo que hace que la jubilación para rentas altas sea muy ventajosa.

    El impuesto equivalente al IRPF, funciona también con tablas progresivas, y son más elevados los porcentajes de retención.

    El año pasado el maravilloso régimen fiscal de extranjeros pasó a mejor vida, y ahora está limitado a I+D, Start up, puestos de alta dirección con requisitos de 50% exportación y epígrafes mercantiles concretos.

    Los preavisos necesarios que hay que dar legalmente en caso de renuncia en la empresa son de 2 meses.

    El despido en Portugal tiene que ser pactado y aceptado, no es como en España que aunque sea improcedente pagando la indemnización se extingue la relación, en Portugal es necesaria la aceptación por parte del trabajador.

    Si tienen alguna cuestión más concreta, sin problema veo el contestarla.«

  3. Equipo IHR Fodirh dice:

    Desde una empresa de IHR FODIRH nos indican: «Nosotros tenemos desde el 2020 un equipo de RH local en Portugal, si precisan alguna cosa nos pueden contactar.»

  4. Equipo IHR Fodirh dice:
    Desde una empresa de IHR FODIRH nos indican: «Por lo que veo es una pregunta muy abierta y genérica, difícil de resumir en un correo, por lo que sería necesario entender cuál es la necesidad para profundizar.

     

    Con respecto al tema de administración de personal que es el que me compete algunos puntos genéricos:

    • Las contrataciones en PT se regulan a través del Código de Trabajo y diferentes convenios aplicables en función del sector que corresponda.
    • Todos los contratos tienen que comunicarse a la seguridad social y formalizarlo por escrito, especificando las condiciones.
    • Hay que tener en cuenta el salario mínimo aplicable en cada año.
    • Con respecto a las contribuciones a la SS, la empresa aporta un 23.75% del salario del empleado y el empleado un 11%.

    Te dejo un enlace con información relevante al respecto: https://taxsummaries.pwc.com/portugal/individual/other-taxes

  5. Equipo IHR Fodirh dice:
    Desde el equipo de IHR MEETING te recomendamos consultar adicionalmente estos contenidos con información relacionada:
    • Contenido IHR Providers: Aspectos laborales a tener en cuenta en Portugal: Ur Global – enlace
    • Contenido IHR Providers: Portugal: Registrar el tiempo de trabajo y proporcionar prueba de las horas extras: Cuatrecasas – enlace
    • Contenido IHR Providers: Expand your global workforce in Portugal: G-P – enlace

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