Mediante la Ley N° 31171, publicada el día 23 de abril de 2021, se aprueba por única vez la disposición del total de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) para cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia del Covid-19.
Los trabajadores comprendidos dentro de las disposiciones que regulan la CTS podrán realizar este único retiro hasta el 31 de diciembre de 2021.
En el plazo de 10 días calendario, se deberá emitir el reglamento de la ley. Esta reglamentación no suspende la entrada en vigencia de esta ley.

Fuente: Rubio Leguía Normand