En la Acción Popular N° 24827-2025 Lima, la Corte Suprema de Justicia de la República ha declarado la validez de los artículos contenidos en el Decreto Supremo N° 014-2022-TR que modificó el Decreto Supremo N° 011-92-TR, con excepción de un extremo del artículo 67° del Reglamento de Relaciones Colectivas de Trabajo referido a la “comunicación de servicios mínimos”, el cual ha sido declarado ilegal y, consecuentemente, nulo.

 

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Fuente: Rubio Leguia Normand