Dos fallos dictados con semanas de diferencia ilustran que la fórmula «renuncia, mutuo acuerdo o despido» no basta, por sí sola, para configurar el vicio del consentimiento fuerza moral. Mientras la Corte de Apelaciones de Puerto Montt mantuvo la nulidad de un mutuo acuerdo por fuerza moral, la Corte de Apelaciones de Iquique confirmó la validez de una renuncia. La diferencia radicó en si existió presión ilegítima o no para obtener el consentimiento del trabajador.

 

Accede al recurso  completo

Fuente: Cuatrecasas