Patrocinado por Allianz Worldwide Care y SIT Spain
Desde una empresa de IHR FODIRH nos preguntan:
«Nos gustaría conocer vuestra experiencia, opinión o cualquier tipo de input que tengáis relacionado con alguno de estos temas
- Registros horarios en los países de LATAM y jurisprudencia relacionada
- Licencias y vacaciones en los países de LATAM y jurisprudencia relacionada
Muchisimas gracias por vuestra ayuda»
¿Puedes ayudarnos? Recuerda, con garantía de confidencialidad y sólo para miembros de IHR FODIRH.
Equipo IHR Fodirh dice:
Desde una empresa de IHR FODIRH nos indican:
– Jornada Normal: No debe ser mayor de 8 horas por día ni de 44 horas por semana.
– Horas Extras: Las horas trabajadas en exceso de la jornada semanal (44 horas) se pagan con un aumento de un 35% de la hora normal. Si se excede de 68 horas a la semana, el aumento es de un 100%
Equipo IHR Fodirh dice:
Desde una empresa de IHR FODIRH nos indican:
En República Dominicana el Código de Trabajo impone al empleador la obligación de llevar un registro detallado de la relación laboral con cada trabajador. Este registro debe incluir de manera específica:
En Panamá el Código de Trabajo de Panamá requiere que los empleadores mantengan registros precisos y confiables del tiempo de trabajo de sus empleados.
Objetivos de la Obligación:
Saludos,
Equipo IHR Fodirh dice:
Desde una empresa de IHR FODIRH nos indican:
Hola,
A continuación te comparto la aplicación concreta de la normativa laboral en Chile, donde estoy trabajando actualmente:
• La Dirección del Trabajo establece que el empleador tiene la obligación de controlar la asistencia y registrar la jornada efectiva de trabajo, tanto ordinaria como extraordinaria.
• Conforme al artículo 33 del Código del Trabajo, dicho registro puede llevarse mediante libro de asistencia, reloj control con tarjetas o sistemas electrónicos que aseguren trazabilidad.
• Los trabajadores excluidos de la limitación de jornada (por ejemplo, cargos de confianza o de alta responsabilidad) no tienen obligación de registro, siempre que cumplan con los requisitos legales para dicha exclusión.
• Con la Ley 21.561 se está implementando una reducción progresiva de la jornada ordinaria semanal hasta llegar a 40 horas. La primera etapa se cumplió el 26 de abril de 2024, disminuyendo la jornada máxima a 44 horas semanales.
Actualmente nos encontramos desarrollando un Proyecto Piloto de implementación de un sistema de registro digital de asistencia en los Proyectos, junto con un proveedor local, con el fin de asegurar cumplimiento y trazabilidad.
Cualquier duda adicional, estaré encantada de aportar.
Muchas gracias.
Un abrazo,
Equipo IHR Fodirh dice:
Desde una empresa de IHR FODIRH nos indican:
Aqui van dos documentos con info sobre Chile y Argentina.
Espero que sean de ayuda
Equipo IHR Fodirh dice:
Desde la firma IHRproviders Díaz Mirón nos indican sobre MÉXICO:
Luis E. Díaz Mirón S. // [email protected]
Más info sobre Díaz Mirón.
Equipo IHR Fodirh dice:
Desde la firma VINATEA TOYAMA nos indican sobre PERÚ:
Hola, buen día
De acuerdo a lo coordinado, te compartimos nuestros inputs relacionados con las consultas formuladas por la empresa de IHR FODIRH:
Al respecto, te compartimos jurisprudencia relevante respecto a ambos temas.
Quedamos atentos a cualquier duda o consulta.
Saludos,
Jorge Toyama // [email protected]
Equipo IHR Expat dice:
Equipo IHR Expat dice:
Desde la firma Marval nos indican:
Aqui van dos documentos con info sobre Chile y Argentina.
Espero que sean de ayuda
Rodrigo Sola Torino // [email protected]
Más info sobre Marval