Mediante Resolución Ministerial N° 051-2026-TR, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ha dispuesto la actualización de los Anexos 1 y 2 del Reglamento de la Ley del Teletrabajo. Dichos valores se emplean como referencia para la compensación que corresponde otorgar al teletrabajador cuando la prestación de servicios se realiza desde su domicilio.

 

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Fuente: Rubio Leguia Normand