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Desde una empresa de IHR nos preguntan:

«Tenemos una persona expatriada con paquete internacional compuesto de:

  • Salario base (desde origen)
  • Plus/dietas de expatriación (desde destino)
  • Otros como  alojamiento, escolarización, vehículo de empresa… (desde destino)

Esta persona será padre y  nos surge la duda de cómo se suele gestionar el periodo de paternidad. En nuestro caso, mantendríamos los «Otros» como  alojamiento, escolarización, vehículo de empresa, pero no el salario base ni el plus/dietas de expatriación, y pasa a cobrar la prestación de Seguridad Social.

Nos gustaría saber si, cuando entra en situación de paternidad  ¿soléis mantener el plus/dietas de expatriación durante ese periodo o normalmente se suspenden?

Muchas gracias por vuestra ayuda

NB: en este caso el expat está en México, aunque entiendo que el destino no es lo esencial para esta consulta «

 

¿Puedes ayudarnos? Recuerda, con garantía de confidencialidad y sólo para miembros de IHR EXPAT/FODIRH.

  1. Equipo IHR dice:

    Desde una empresa de IHR nos indican: 

    Buenos días,

     

    Te confirmo que, salvo excepciones, si el permiso de paternidad implicar el regreso a España, con motivo de su regreso, y de acuerdo con lo establecido en las condiciones de expatriación, se proceden a suspender los pluses/dietas expatriación. Manteniendo los gastos recurrentes como puede ser la vivienda en el país extranjero.

     

    Espero que sea de utilidad.

     

    Saludos.

  2. Equipo IHR dice:

    Desde una empresa de IHR nos indican:

    Buenos días,

     

    En general seguimos el mismo sistema: se percibe la prestación en España por nacimiento y cuidado del menor, se mantienen los gastos locales que requieren continuidad a pesar del permiso, tales como vivienda, coles, etc y el tanto el salario como el paquete se suspenden.

     

    En conclusión, sí que venimos coincidiendo en términos generales,

     

     

    Saludos,

  3. Equipo IHR dice:

    Desde una empresa de IHR nos indican:

    Buenos días,

     

    Nosotros en esos casos, si el empleado se mantiene en el país de destino, mantenemos los complementos de asignación. Si se retorna a origen a disfrutar el permiso, se suspenden los complementos salvo el de vivienda,  que se tiene que mantener al tener un contrato vigente.

     

    Saludos

  4. Equipo IHR dice:

    Desde una empresa de IHR nos indican:

    Buenos días,

     

    Si el empleado no retorna y disfruta de dicho periodo de paternidad en destino, continúa con la remuneración adicional por su salida al extranjero.

     

    Un saludo,

  5. Equipo IHR dice:

    Desde una empresa de IHR nos indican:

    Hola,

     

    En nuestro caso las dietas de expatriación se desglosan en un componente fijo y otro escalable (que, por ejemplo, se reduce en situaciones de trabajo parcial).

     

    En el caso de paternidad, el contrato queda en suspenso y la empresa abonará al trabajador en el último pago antes de la baja el importe correspondiente al componente fijo del complemento de destino, que es el que sigue percibiendo.

     

    Saludos

     

  6. Equipo IHR dice:

    Desde una empresa de IHR nos indican:

    Hola, 

     

    Pues agradezco esta consulta porque nosotras íbamos a plantear exactamente lo mismo. Hemos tenido un caso (expatriada en Omán) que durante su baja de maternidad siguió percibiendo allowances tales como la prima de expatriación, casa, coche y cole en destino y por mi previa experiencia, entiendo que no debería abonarse. 

     

    Lo que tenemos la duda es de si este punto no está recogido expresamente en la política de movilidad (en mi experiencia previa, esa empresa sí lo tenía explícitamente en su política y se suspendían complementos en destino salvo la casa y el cole). Si le pidiéramos el reembolso a la empleada de ese dinero de la prima de expatriación «indebida», ¿legalmente habría algún problema?

     

    Si podemos unir esta duda a esa consulta sería maravilloso. 

     

    Mil gracias

    Saludos

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